abril 19, 2024
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Ordenan evaluar entrevista a Anaya

junio 30, 2017 | 106 vistas

CIUDAD DE MÉXICO, junio 29 (Notimex)

El Tribunal Electoral federal revocó la sentencia de la Sala Regional Especializada, mediante la cual se determinó la inexistencia de la presunta contratación o adquisición de tiempo en radio, atribuida a Ricardo Anaya, presidente del Partido Acción Nacional (PAN).

Lo anterior, respecto a la transmisión, en varias emisoras de Grupo Radio Centro, de tres cápsulas de una entrevista realizada al dirigente nacional panista por el conductor Toño Esquinca.

Por unanimidad, el pleno de la Sala Superior ordenó a la Sala Especializada analizar el contenido, las modalidades de difusión, el número de impactos y los elementos temporal y personal de la difusión de diversos fragmentos de dicha entrevista.

Al resolver el recurso SUP-REP-47-2017, interpuesto por el PRI, los magistrados estimaron que la Sala Especializada dejó de valorar si el uso de cápsulas o fragmentos de una entrevista de género periodístico tiene solamente fines u objetivos comerciales, editoriales e informativos, o bien puede considerarse como un acto de promoción política prohibida por el Artículo 41 constitucional.

 

YA HAY ‘PISO PAREJO’

PARA EL 2018: INE

Con los nuevos lineamientos que restringen la propaganda personalizada de quienes aspiran a un cargo de elección popular, el Instituto Nacional Electoral (INE) busca garantizar que en las campañas rumbo a las elecciones de 2018 haya “piso parejo”, aseguró el consejero Benito Nacif.

“Lo que queremos hacer con estos lineamientos es, una vez que arranque el proceso electoral, poner el ‘piso parejo’; igualdad de oportunidad para todos y eso implica regular la aparición de aspirantes a cargos de elección popular”, indicó.

El consejero electoral añadió que esta propaganda no sólo es en los spots de los propios partidos políticos, sino también la aparición en espectaculares o incluso en publicidad que pudiera contratarse en otros medios de comunicación.

Apuntó que para el INE es importante realizar esta regulación porque en septiembre iniciará el proceso electoral federal, con lo que empieza una etapa de preparación de los comicios, en las que elegirán al próximo presidente de la República y los integrantes de la Cámara de Diputados y el Senado de la República.

Una vez que inicia el proceso electoral se entiende que toda promoción personalizada de alguien que aspira contender por una candidatura tiene un propósito político electoral, destacó Nacif Hernández en entrevista con Luis Cárdenas para MVS.

Además, destacó que los spots han sido mataría de quejas, “que en este caso es el Tribunal Electoral el que las resuelve y en la mayoría de los casos, salvo recuerdo dos excepciones, la aparición de los dirigentes ha sido declarada legal por el Tribunal Electoral”.

El INE, comentó, considera que una vez iniciado el proceso electoral, entran a una etapa diferente donde los aspirantes deben tener el debido cuidado, sobre todo cuando su figura de aspirante coincide con la de dirigente de un partido político.

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