abril 23, 2024
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Crece obligación por declaraciones: SNA

julio 15, 2017 | 205 vistas

CIUDAD DE MÉXICO, julio 14 (Notimex)

A partir del próximo 19 de julio todos los Servidores Públicos estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, dio a conocer la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción.

A través del Diario oficial de la Federación, informó sobre el acuerdo por el que el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción da a conocer la obligación de presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses conforme a los artículos 32 y 33 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

El documento indica que todos los Servidores Públicos estarán obligados a presentar las declaraciones de situación patrimonial y de intereses, bajo protesta de decir verdad y ante la Secretaría de la Función Pública en el Poder Ejecutivo Federal y sus homólogos en las entidades federativas, o sus respectivos órganos internos de control.

Los plazos son los siguientes: l. Declaración inicial, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del: a) Ingreso al servicio público por primera vez; b) Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo; II. Declaración de modificación patrimonial, durante el mes de mayo de cada año, y III. Declaración de conclusión del encargo, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.

La Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción precisa que a partir del 19 de julio de 2017, fecha de entrada en vigor de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, las personas que ingresen por primera vez al servicio público, o reingresen a éste después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo, deberán presentar la declaración a que se refiere el artículo 33, fracción I de esa Ley.

Los Servidores Públicos que hasta antes del 19 de julio de 2017 se encontraban obligados a presentar declaración de situación patrimonial y de intereses, continuarán haciéndolo en los términos que establece el artículo 33, fracciones II y III de esa Ley.

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