mayo 3, 2024
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septiembre 12, 2018 | 112 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.- Los delitos de desaparición forzada de personas, el de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, serán eliminados del Código Penal de Tamaulipas, para que las autoridades apliquen las leyes generales de la materia.

A través de una iniciativa de decreto, el gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, propuso al Congreso del Estado hacer las adecuaciones necesarias al ordenamiento punitivo del estado.

De esa manera, esas conductas delictivas serán perseguibles y sancionables con fundamento en la ley general para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares.

En la exposición de motivos, se recurre a un criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con el cual justifica dejar inoperantes los tipos penales en las entidades federativas.

“(El delito de desaparición forzada de personas) es de naturaleza permanente o continua, ya que si bien el ilícito se consuma cuando el sujeto activo priva de la libertad a una o más personas, con la autorización, apoyo o aquiescencia del Estado, seguida de la falta de información sobre su paradero, dicha consumación sigue dándose y actualizándose hasta que aparecen los sujetos pasivos o se establece cuál fue su destino” concluyeron los Ministros.

La acción legislativa del Gobernador añade que: “de los preceptos anteriores, se interpreta que esta conducta al ser permanente o continua no es exclusiva de los estados, ya que ante la búsqueda de personas desaparecidas se puede concebir que éstas pueden localizarse más allá del fuero común o local, por lo que el Congreso de la Unión se asignó esta facultad exclusiva para que su aplicación sea en todo el territorio nacional, en atención y cumplimiento a los argumentos anteriormente mencionados, logrando así dar certeza jurídica y protección a las víctimas y ofendidos, ya que es de señalar que dicha figura no se encontraba regulada en todas las entidades federativas de la República Mexicana, consecuentemente se fortaleció esta reforma con los criterios establecidos por los tratados internacionales, así como lo señalado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación al realizar dicha reforma constitucional”.

La iniciativa será dictaminada en breve.

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