abril 25, 2024
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Podrías demandar si no cumple con ‘el bodorrio’

enero 18, 2019 | 997 vistas

Se puede realizar una denuncia por lo que se llama ´pérdida de tiempo en el noviazgo´ pero para esto los novios deben hacer un escrito que indique que formalizarán un matrimonio, lo que los constituye como ´esponsales´.

El documento se puede realizar en cualquier momento de la relación y las dos partes deben estar de acuerdo.

«El que, de causa grave al incumplimiento de esa promesa, porque es una promesa, puede demandar a una reparación moral pero no hay ninguna pena, ni ninguna obligación a contraer matrimonio», explica el abogado Horacio Moyar.

La obligación como tal de culminar el noviazgo en matrimonio no existe pero la parte afecta podría pedir una indemnización, así lo establece el artículo 142 del Código Civil de Nuevo León.

«El juez tomará en cuenta la proximidad de la boda, la publicidad que se le dio, el conocimiento de las gentes de ese tipo de relación, el daño que se le causó ante la sociedad a uno de los cónyuges; puede valorarlo el juez para determinar a cuánto asciende la reparación del daño», señaló el litigante.

 

 

Con información de: www.info7.mx

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