mayo 7, 2024
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abril 26, 2019 | 127 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
El 35 por ciento de los alcaldes tamaulipecos incumplió con la obligación de destinar el 1.5 por ciento del presupuesto de sus municipios, para la realización de planes y proyectos de tratamiento de aguas residuales y recolección de la basura, informó el diputado Humberto Rangel Vallejo.

Rangel Vallejo, legislador sin partido y presidente de la Comisión de Desarrollo Sustentable del Congreso del Estado, no precisó cuáles municipios desatendieron el mandato establecido en el Código Municipal.

Dijo que en los primeros días de mayo, legisladores y funcionarios estatales y municipales se reunirán para revisar cuáles y cuántos fueron los alcaldes que incurrieron en desacato.

“Estimamos que solo un 65 por ciento de los 43 alcaldes atendieron la disposición establecida en el Código Municipal. El resto simplemente no lo hizo o etiquetó el recurso con otro nombre”, mencionó.

Lamentó los hechos, porque la contaminación con aguas residuales y desechos sólidos sigue siendo un problema grave, en al menos 22 de los 43 municipios de Tamaulipas.

“Hay municipios, como los de Mante y Valle Hermoso, que ya están trabajando en proyectos de plantas tratadoras de aguas residuales, pero hay otros que todavía son apáticos”, refirió.

A pesar de las críticas de la oposición, que argumentaba violación a la autonomía municipal, el Pleno del Congreso del Estado aprobó, el uno de noviembre del 2018, reformas al Código Municipal que obligaban a los 43 municipios a destinar el 1.5 por ciento de su presupuesto anual, para el tratamiento de aguas residuales y la basura.

Con un tercer párrafo adicionado al artículo 158 de Código Municipal de Tamaulipas, se estableció que: “En el proyecto de Presupuesto de Egresos Municipales que corresponda, se deberán prever, en un apartado específico, las erogaciones para proyectos ejecutivos en materia de manejo integral de residuos sólidos urbanos, las cuales deberán ser desde al menos del 1.5 por ciento, para desarrollar dichos proyectos ejecutivos. Esta obligación, en sus términos, deberá ser también considerada en los proyectos presupuestales de los organismos operadores municipales responsables de prestar servicios públicos de agua, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición del agua, para la realización de proyectos ejecutivos inherentes al tratamiento y disposición de aguas residuales”.

Los ayuntamientos y Comapas que incumplan la disposición, serán sancionados con multas equivalentes del 1.5 al dos por ciento de su presupuesto.

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