abril 24, 2024
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diciembre 2, 2019 | 272 vistas

Shalma Castillo.-

Cd. Victoria, Tam.-
El Ayuntamiento de Victoria pagó cuatro millones 281 mil 682.68 pesos a la empresa Gee Strategias Consultores, por la creación del Código de Integridad, que resultó prácticamente la modificación al Código de Ética Municipal ya existente, que además ha sido incumplido en cada uno de sus apartados.

De acuerdo al contrato CCYOPM/057/2019, el representante legal de la empresa, Jorge Alberto Lara Flores, firmó el convenio por cuatro millones 281 mil 682.68 pesos anuales, con el acuerdo de recibir 356 mil, 806.89 pesos cada mes.

La transferencia bancaria del cinco de febrero al beneficiario GEC181022DM5, con número de referencia 360, por la cantidad de 356 mil 806.89 pesos, misma que se replicó el cinco de marzo al número de referencia 1801, así como el ocho de mayo, número de referencia 362.

También el siete de mayo con el número de referencia es 363; ocho de agosto, referencia bancaria 368; diez de septiembre, número de referencia 369 y ocho de octubre con la referencia 370, todas por el mismo monto de 356 mil, 806.89 pesos.

En el mes de junio y julio, la Unidad de Transparencia Municipal solamente incluyó en la respuesta de la solicitud de información las facturas con folio 364 y 365, sin comprobante de transferencia.

Para poder justificar la inversión, sin derogar el código ya existente, el actual gobierno lo nombró como Código de Integridad.

A pesar de ser un gastó elevado e innecesario el ajuste al Código de Ética, ahora Código de Integridad, el Cabildo Municipal autorizó en la décimo séptima sesión, dicho documento.

Los cinco puntos que establece el Código de Integridad son: I. Los valores y principios del servidor público; II. Responsabilidades y obligaciones éticas; III. De valores a reglas de comportamiento. IV. Controles y V. Detectar, investigar y sancionar.

En comparación al Código de Ética para el Servidor Público del Municipio de Victoria, Tamaulipas, que se aprobó el 20 de mayo del 2014, establece los capítulos de honestidad, espíritu de servicio, responsabilidad, eficiencia, tolerancia, equidad, legalidad, transparencia y rendición de cuentas, lealtad institucional y liderazgo.

Incumple Xico ejes del Código de Integridad

 

Shalma Castillo

El Código de Integridad del Municipio que costó cuatro millones 281 mil 682.68 pesos, ha sido incumplido por el alcalde, Xicoténcatl González Uresti, así como por los servidores públicos de primer nivel del Ayuntamiento.

Dicho Código está compuesto por cinco ejes: I. Los valores y principios del servidor público; II. Responsabilidades y obligaciones éticas; III. De valores a reglas de comportamiento. IV. Controles y V. Detectar, investigar y sancionar.

Algunos de los apartados que incluye el primer punto son: “Imparcialidad y objetividad… El interés público siempre por encima del interés individual. Es indebido sacar provecho personal de una actividad del Municipio, aun cuando la actividad en sí misma sea de interés público”.

Así como “Transparencia… El acceso a la información pública es parte esencial de ese derecho. Las paredes del municipio deben ser de cristal, porque la transparencia es el mejor antídoto contra la corrupción”.

Sin embargo, la administración local destaca en conflictos de intereses, otorgando adjudicaciones directas a los amigos de los familiares del propio alcalde, así como en corrupción y falta de transparencia en la rendición de cuentas del recurso público.

Mientras que el apartado dos; Responsabilidades y obligaciones éticas, subraya que “El Código de Integridad es de obligado cumplimiento para todos los servidores públicos del municipio, incluidos los de sus organismos públicos descentralizados.

Infringir sus disposiciones dará lugar a la imposición de las sanciones previstas en la legislación vigente”.

De igual manera, establece que el Código debe ser atendido por las personas o empresas privadas que prestan algún tipo de servicio público en nombre o conjuntamente con el Ayuntamiento.

En cuanto a valores a reglas de comportamiento; señala que se debe prevenir y sancionar la corrupción: “La violación más grave de este Código de Integridad consiste en recibir, solicitar o aceptar la promesa de una ventaja indebida”.

Por mencionar dos ejemplos correspondientes al párrafo anterior, son los puntos “F) Recibir algún beneficio por realizar una actividad conforme a los deberes que corresponden al desempeño de nuestras funciones. Para el R. Ayuntamiento de Victoria recibir una compensación por realizar correctamente nuestras funciones, tal como señala la ley es corrupción y se sancionará con severidad”.

Así como el G) Recibir una compensación o gratificación por una actividad ya realizada, aunque en el momento de ejecutarla no hubiera ningún tipo de ofrecimiento o promesa. Tampoco se deberá aceptar ventaja alguna por haber omitido una tarea obligatoria (por ejemplo, una inspección o la imposición de una sanción).

Cabe mencionar que recientemente El Diario de Victoria demostró el derroche en “bonos” de 30 mil pesos a los 25 integrantes del Cabildo, cuyo montó total asciende a 750 mil pesos. En relación a ello, el alcalde declaró que se ejecutó dicha compensación por el trabajo realizado de los síndicos y regidores, violando su propio Código de Integridad.

De igual manera, han sobre pasado los presupuestos asignados en el Ejercicio Fiscal 2019, en viajes aéreos y viáticos, costeando viajes que no se encuentran registrados en la agenda de trabajo del alcalde, Xicoténcatl González Uresti.

“Para los efectos del Código de Integridad se considera ventaja indebida el recibir cualquier objeto o favor que primordialmente tenga valor económico. Citamos algunos ejemplos: dinero en efectivo, pago de viajes, regalos, atenciones y gastos promocionales”.

Por ello algunos de los puntos que destaca son: “correr con los gastos de una campaña electoral o de imagen; contratación de familiares o de otras personas por indicación del servidor público; concesión de garantías o de préstamos en condiciones más ventajosas a las que son habituales en el mercado o a las establecidas en ley”.

Claramente, los servidores públicos del Municipio, pasan por alto este código, ya que de acuerdo al expediente PSE-56/2019 del proyecto de resolución del Consejo General del Instituto Electoral de Tamaulipas, determinó la existencia de la responsabilidad por la difusión de propaganda gubernamental en período de campaña a María Gloria Montalvo Padilla, directora de Comunicación Social del Municipio. Motivo por el cual dicha autoridad electoral, impuso una sanción consistente en amonestación pública.

En lo correspondiente a la contratación de familiares, el 4 de marzo de este año, éste medio realizó una publicación basada en la nómina oficial del Ayuntamiento, donde se demostró que la mayoría de los cargos de primer nivel, tienen relaciones familiares entre sí.

Mientras que también infringió en elevar los costos a los servicios de arrendamientos de maquinaría, así como se comprobó en la publicación del 28 de octubre.

Otro apartado que establece el Código de Integridad, es Conflicto de intereses, ejemplos: “concesión de una licencia o autorización a la empresa de un familiar o de un amigo o conocido; Estar en una comisión que decide la contratación de un familiar o amigo”.

La empresa proveedora de despensas en el Ayuntamiento y el Sistema de Desarrollo Integral para la Familia (DIF) Victoria, es Comercializadora HJA, su representante legal es Edgar Juarez Alfaro, quien participó activamente en la campaña electoral para alcalde de Xicoténcatl González Uresti en el 2018, y tiene una relación de amistad con Tannya González Flores, hija del edil.

El otro caso corresponde al regidor del PAN, Alan Martínez que desde su posición en el Cabildo, votó a favor de su mamá, Nora Rosalba Cepeda Guerrero, en la postulación como contralora municipal de este Gobierno.

En el último punto, detectar, investigar y sancionar, del apartado dos Investigación de irregularidades y sanciones, precisa que: El Código y las normas que lo desarrollan no son sólo un conjunto de “buenas prácticas” o recomendaciones, su acatamiento es obligatorio. Por ello, su incumplimiento supone la imposición de medidas disciplinarias que pueden, incluso, llegar a la separación del cargo y a la investigación de las posibles infracciones a la ley”.

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