abril 19, 2024
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febrero 10, 2020 | 67 vistas

Julio L. Guzmán.-

Cd. Victoria, Tam.-
La Cámara de Diputados aprobó reformar el Código Penal Federal para que al servidor público que encubra a un pederasta se le aplique la destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del delito. Además, que dicha sanción sea imprescriptible.

El dictamen que reforma el artículo 205 Bis y adiciona el 209 Bis 1, fue aprobado con 411 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones y se remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales. El proyecto de decreto reforma el artículo 205 Bis de dicho ordenamiento y le adiciona el precepto 209 Bis 1, el cual queda de la siguiente manera:

“Artículo 209 Bis 1.- Se le aplicará destitución e inhabilitación para desempeñar cualquier empleo, cargo o comisión públicos hasta por la mitad del tiempo de la pena de prisión impuesta al autor del delito, a aquel servidor público que encubra a un pederasta”.

La Diputada Federal por Tamaulipas, Adriana Lozano Rodríguez explicó que, “incurrir en el encubrimiento de una conducta antijurídica como la pederastia no solo actúa en detrimento del propio servicio público, sino también de los derechos de las niñas, niños y adolescentes cuyo sano esparcimiento es transgredido por sus agresores. Por ello, quien encubra tal conducta no puede volver a ser parte de las actividades formales del Estado”.

Actualmente, el Código establece que al responsable de pederastia se aplicarán sanciones de 9 a 18 años de prisión y de 750 a dos mil 250 días de multa. Esta enmienda incrementó los castigos al doble, es decir, hasta 36 años de cárcel y cuatro mil 500 días de multa.

El incremento de la pena carcelaria se aplicará también si el victimario se vale de una función pública para cometer el delito, habita el mismo domicilio de la víctima; es ministro de un culto religioso o emplea violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima.

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