abril 26, 2024
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marzo 11, 2020 | 94 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza.-

Cd. Victoria, Tam.-
La Federación Mexicana de Organismos Públicos de Derechos Humanos (Fmopdh) urgió a los gobiernos estatales a ser más eficientes en la prevención del feminicidio y en la investigación y castigo de aquellos casos ya consumados.

Para ello, enlistó una serie de medidas urgentes que los gobiernos estatales deben implementar para frenar los llamados crímenes de odio contra las mujeres.

“Pese a que la tipificación del delito haya significado un avance en la protección de los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres, la falta de acciones preventivas, la visión segmentada del problema de la violencia hacia las mujeres, la omisión de estudios estadísticos y la falta de armonización de las legislaciones estatales con la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia presumen una evidente inacción por parte de las autoridades obligadas constitucionalmente a garantizar y proteger los derechos humanos, en particular los de las mujeres”, sentenció.

Algunas de las medidas urgentes a implementarse en los Estados son:

  1. Capacitar a las personas que se desempeñan en el sector de procuración e impartición de justicia en la aplicación de la Perspectiva de Género en todas sus determinaciones.
  2. Consolidar un sistema eficiente y efectivo para la investigación, sanción y reparación del daño por el delito de feminicidio. Lo contrario sería una señal de violencia institucional hacia las mujeres en el país.

III. Lograr una armonización legislativa a efecto de que todos los estados de la República cuenten con el desglose de las mismas razones de género que caracterizan a la violencia feminicida en sus respectivos códigos penales.

  1. Contar con las medidas de protección suficientes frente a víctimas, ya sea víctimas de feminicidio en grado de tentativa o víctimas indirectas.
  2. Erradiquen la filtración de información de las investigaciones relacionadas con este delito.
  3. Eliminar las prácticas que violentan institucionalmente a las víctimas indirectas.

VII. Realizar investigaciones con un análisis de contexto específico de las víctimas y que estas estén integradas con perspectiva de género y enfoque diferenciado.

VIII. Contar con la atención idónea en medicina y psicología que de ninguna manera revictimice.

  1. Tomar en consideración las medidas específicas y contextuales que deben ser aplicadas para la protección de la integridad de las niñas, niños y adolescentes cuyas madres fueron víctimas de feminicidio.

Destacó la necesidad de fortalecer la cooperación y construcción de alianzas estratégicas entre las instancias de los tres órdenes de gobierno, organismos públicos de derechos humanos, organismos autónomos constitucionales y la sociedad civil, como una prioridad para desarrollar e instrumentar acciones específicas que ayuden y establezcan criterios fundamentales.

Además, la cooperación es clave para realizar la planeación, instrumentación, evaluación y seguimiento de políticas públicas, defender derechos, promover el marco jurídico adecuado y realizar incidencia política para el avance de los derechos de las mujeres.

Al respecto, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Tamaulipas (Codhet) se sumó a la exigencia de la Fmopdh.

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