abril 19, 2024
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agosto 3, 2020 | 139 vistas

Chantal Martínez Díaz.-

El Poder Judicial de Tamaulipas informó que ante la reanudación de actividades jurisdiccionales se establecieron medidas para afrontar la nueva realidad con convivencia segura.

El Pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Tamaulipas, con motivo de la actual emergencia sanitaria por covid-19, emitió un acuerdo para levantar la suspensión de los plazos procesales en los asuntos competencia del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia, sus Salas Unitarias, Colegiadas y Regionales, a partir del tres de agosto.

Para la continuación en el trámite de los procedimientos relativos y, en su caso, el inicio de nuevos asuntos ante las instancias señaladas, se observarán medidas en las que se privilegie el uso de medios electrónicos. No obstante, este lunes las labores reinician en las diferentes áreas.

El secretario general de Acuerdos, Jaime Alberto Pérez Ávalos, difundió el acuerdo al público en general y explica que debe tomarse en consideración que el desarrollo de las herramientas tecnológicas hace posible que se restablezca el funcionamiento de la actividad jurisdiccional en segunda instancia, pues de este modo se evita la concentración de personas para preservar su salud e integridad, y se garantiza el derecho que asiste a los justiciables a una justicia pronta y expedita.

El Consejo de la Judicatura proveerá lo conducente en torno a la reanudación de actividades por lo que hace a los demás órganos jurisdiccionales y de sus dependencias administrativas.

Tratándose de promociones o demandas de nuevos asuntos ante el Supremo Tribunal de Justicia en Pleno, además de cumplir los requisitos que la legislación respectiva exija, se observará se satisfagan las medidas de higiene para su sanitización previa para su recepción por la Oficialía de Partes, así como para su procesamiento en la Secretaría General de Acuerdos.

Al igual para las promociones, exhortos, oficios y correspondencia física dirigida al Supremo Tribunal de Justicia o a sus Salas.

Los titulares de cada área, tomando en cuenta la naturaleza de la función y/o las características del trabajo, determinarán el horario de asistencia del personal a su cargo. Sin demérito de la función y el servicio encomendado, se deberá privilegiar el trabajo a distancia. En tal sentido, podrán implementarse en su caso dos turnos, así como la designación del personal que realice trabajo a distancia.

Para el control en los registros de entrada y salida de personal se prescindirá de los relojes de marcación biométrica, debiendo implementarse para ello la marca por medio de tarjeta magnética o, en su defecto, algún otro medio que no implique contacto físico consecutivo de los empleados con el dispositivo, entre otras previsiones.

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