abril 19, 2024
Publicidad
septiembre 10, 2020 | 173 vistas

Chantal Martínez Díaz.-

Cd. Victoria, Tam.-
A unos días de que arranque el Proceso Electoral Ordinario 2020-2021 en Tamaulipas, las autoridades electorales siguen sin cuadrar el Calendario Oficial y el Plan Integral (local y federal) y, por si fuera poco, las reformas aprobadas a la Ley Electoral del Estado fueron invalidadas en un total de 20 artículos por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), lo que abona para que la certeza que deben tener las elecciones se “tambalee”.

En Tamaulipas el seis de junio del 2021 se habrán de elegir la integración de los 43 ayuntamientos, las 22 diputaciones por el principio de mayoría relativa y las diputaciones federales (estas últimas conforme al proceso electoral federal que inició el domingo pasado).

Recientemente, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual ejerció la facultad de atracción para ajustar a una fecha única la conclusión del periodo de precampañas, así como de la recolección de apoyo ciudadano, para los procesos electorales locales concurrentes de este año, con el proceso electoral federal 2020-2021.

Los magistrados del máximo órgano jurisdiccional electoral ordenaron al INE que fundamente y motive la decisión de atracción, ya que no fue justificada debidamente la urgencia que se requiere para optar por el procedimiento de atracción del proceso electoral, tal como lo establece el artículo 64 del Reglamento de Elecciones.

La decisión de los magistrados impacta en todo el país, aquí en Tamaulipas, como se sabe, una de las mayores afectaciones fue que al cambiar el término de las precampañas al 31 de enero, el INE dio prácticamente vía libre a las y los ciudadanos que serán precandidatos para realizar proselitismo durante las precampañas, sin la instalación formal de los consejos distritales y municipales en Tamaulipas, los cuales comenzarían a operar hasta la primera semana de febrero; es decir, no tendrán fiscalización alguna.

Esta circunstancia deriva tanto por la atracción del INE como por una reforma electoral recién aprobada por los diputados locales tamaulipecos, con mayoría panista, misma que fue también invalidada en un total de 20 artículos por parte de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

En ese sentido, de acuerdo a un análisis de la abogada Tania Gisela Contreras López, la invalidez a la reforma electoral de Tamaulipas por parte de la Corte fue debido a que el actuar del Congreso tamaulipeco, que encabeza el reynosense Gerardo Peña Flores fue ilegal.

En la continuación del análisis de la reforma electoral tamaulipeca, la Corte resolvió declarar la invalidez del artículo 110 Fracción LXXI, referente a la creación de oficinas municipales del Ietam para la elección de gobernador, las cuales suplirían las funciones de los consejos.

Al respecto, los magistrados invalidaron el artículo por contravenir los principios de certeza, legalidad y seguridad jurídica por no establecerse las atribuciones de estas Oficinas.

Así pues, en estas condiciones es en las que se encuentra Tamaulipas previo al arranque del proceso electoral ordinario 2020-2021.

Comentarios