abril 26, 2024
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Ya no será obligatorio postulación de 7 mujeres a gubernaturas en 2021

diciembre 15, 2020 | 146 vistas

Fue revocado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) el acuerdo aprobado por el Instituto Nacional Electoral (INE) en materia de paridad de género para las 15 gubernaturas que se disputarán en 2021, donde se debían postular al menos siete mujeres.

El INE, en sus lineamientos, imponía la obligación a los partidos políticos para que postularán al menos a siete mujeres como candidatas a gobernadoras el año entrante.

Los siete magistrados electorales dejaron claro que este tema no es facultad del INE, principalmente porque no ejerció su facultad de atracción respecto de los órganos electorales de cada estado, antes de aprobar su acuerdo de lineamientos de paridad para los partidos.

El magistrado Indalfer Infante señaló que el INE carece de facultades para emitir las condiciones de regulación de la paridad para la elección de las gubernaturas.

La magistrada, Mónica Soto, dijo que “son las legislaturas de los estados de la República quienes están facultados para emitir normas a fin de hacer efectivo este mandato en sus respectivas circunscripciones”.

Indicó que los puntos resolutivos del proyecto de sentencia contemplaban pedir al Congreso General y a los Congresos locales que legislen en materia de paridad de género para gubernaturas antes de la próxima elección de 2021.

Se proponía también incluir un exhorto a los partidos para que postularan con criterios de paridad a las gubernaturas.

El proyecto de sentencia original, elaborado por la magistrada, Janine Otalora Malassis, proponía que el TEPJF asumiera plena jurisdicción y ordenara a los partidos postular a ocho mujeres para las gubernaturas, lo que fue rechazado.

Al emitir su voto, el magistrado, Felipe de la Mata, se pronunció de manera particular porque el TEPJF hiciera vinculatorio, es decir, obligatorio para los partidos postular a siete mujeres a gobernadoras en 2021.

Mata mencionó no estar a favor del exhorto propuesto, pero si está a favor de vincular obligatoriamente de manera directa a los partidos políticos nacionales a tener siete candidatas a gobernador.

Se agregaron los magistrados Reyes Rodríguez, Janine Otalora Malassis y Mónica Soto con lo que sumaban una mayoría de cuatro contra tres.

El magistrado presidente, José Luis Vargas, dijo que esto es contradictorio en la propia sentencia y aclaró que se revisaría la versión estenográfica.

El magistrado, José Luis Vargas, dio lectura al resolutivo que indica que “se vincula a los partidos políticos para que en la postulación de sus candidaturas a las gubernaturas en el siguiente proceso electoral hagan efectivo el principio de paridad y que esto sea acorde con lo que hoy se ha discutido en esta sesión y que consta en las versiones estenográficas”.

La sala superior, en un comunicado posterior, precisó que “acordaron vincular a los partidos políticos a que, en la medida de lo posible, en atención a sus disposiciones internas, en las elecciones del próximo 6 de junio, en lo que toca a la selección de sus candidaturas a las gubernaturas, y respetando el principio de paridad de género, postulen el mayor número de mujeres posible”.

En una sesión previa, pero de carácter privado, el TEPJF revocó el acuerdo del INE en el que ordenó al presidente, Andrés Manuel López Obrador, que se abstenga de emitir expresiones y/o declaraciones de índole electoral, así como utilizar los espacios de comunicación oficial para ello.

La sala superior consideró que las expresiones del Presidente no ameritan aplicar esas medidas porque se trata de actos futuros de realización incierta.

 

Con información de: noticieros.televisa.com

 

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