abril 19, 2024
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abril 26, 2021 | 73 vistas

Alianza Medios de Tamaulipas (AMT).-

Cd. Victoria, Tam.-
A pesar de que se han registrado 43 homicidios de mujeres en el 2021, en las estadísticas nacionales Tamaulipas, junto con Zacatecas, son los dos estados del país que no han reportado feminicidios durante el año.

La Fiscalía de Tamaulipas hasta el momento reporta que el estado de se encuentra libre de feminicidios, ya que ninguno de los homicidios que se han registrado en el año han sido tipificados de esta manera.

De acuerdo a estadísticas, 19 de los 43 homicidios de mujeres en Tamaulipas fueron homicidios dolosos, que es un subclasificación del homicidio, que se caracteriza cuando el criminal busca intencionalmente matar a la víctima.

Existen, hasta el día de hoy, 24 homicidios culposos en donde mujeres perdieron la vida. El homicidio negligente, también llamado homicidio culposo o involuntario, es un delito que consiste en causar la muerte a una persona física por una acción negligente.

Clasificación de feminicidio.- Para la tipificación del delito de feminicidio, el Código Penal de Tamaulipas establece lo siguiente:

– Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género.

Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I.- La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II.- A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III.- Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV.- Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V.- Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI.- La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida; o

VII.- El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

A quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de cuarenta a sesenta años de prisión y de quinientos a mil días multa.

Además de las sanciones descritas en el presente artículo, el sujeto activo perderá todos los derechos con relación a la víctima, incluidos los de carácter sucesorio.

A nivel nacional, según estadísticas oficiales, se han registrado en el primer trimestre del año 267 casos de homicidos dolosos, que sumado a los feminicidios da un total de 362 mujeres asesinadas en territorio mexicano.

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