abril 23, 2024
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mayo 14, 2021 | 361 vistas

Rogelio Rodríguez Mendoza

Cd. Victoria, Tam.- El gobernador, Francisco García Cabeza de Vaca, seguirá en su cargo hasta el último día de su mandato, con fuero Constitucional, aseguró esta noche el abogado Alonso Aguilar Zinser.

En entrevista con un noticiero nacional, el defensor del mandatario tamaulipeco explicó que, la resolución del Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) , José Luis González Alcántara, al desechar la controversia 50/2021, se debió a que consideró que el Congreso del Estado ejerció la facultad Constitucional establecida en el párrafo quinto del artículo 111 Constitucional, respecto a su facultad de homologar o no la resolución de la Cámara Federal de desaforar al gobernador.

En ese entendido, dijo, el Ministro consideró que no había razón para que la SCJN entrara al fondo del estudio.
“Lo que el Ministro dice es que desecha la controversia del Congreso del Estado porque estima que no hay materia para que la Corte juzgue al respecto , porque la legislatura local ya ejercicio su facultad constitucional de no homologar la resolución de la Cámara federal, por lo tanto no la agravia” detalló.

Dijo que, por lo tanto, Cabeza de Vaca podrá concluir el mandato Constitucional para el que fue electo, sin que pueda ser detenido.

Ello, sin perjuicio de que cuando deje el cargo pueda ser procesado penalmente.

“El gobernador termina su mandato en septiembre del 2022, y a partir de ahí podría ser procesado penalmente si hubiera algún delito que perseguir” indicó.

La parte resolutiva del Ministro plantea que : “Por ello, se estima que no existe una afectación en la esfera de atribuciones del Poder Legislativo promovente, pues para resentir un agravio era CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 50/2021 era indispensable que se hubiera obstaculizado el ejercicio de su ámbito competencial o que éste se viera mermado, lo cual no se desprende del escrito presentado por el Poder actor ni de los antecedentes por el traídos a cuenta, porque, se insiste, en uso de sus atribuciones constitucionales, decidió no homologar la declaración de procedencia emitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Y añade: “En estas condiciones, lo procedente es desechar la demanda promovida por el Poder Legislativo del Estado de Tamaulipas por falta de interés legítimo, sin que esta determinación prejuzgue sobre la culpabilidad o no respecto del ilícito que se relaciona, pues existe la oportunidad de llevar a cabo el procedimiento penal una vez que el servidor público concluya en su cargo”.

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